Seguro habrás recibido, al menos en una ocasión, una newsletter o correo con un «email no reply» (por ejemplo «noreply@empresa.com«), y que consecuentemente integra alguna leyenda dentro del cuerpo email mencionando el «no responder a este correo».
Una práctica obsoleta para la comunicación de marcas
Los email no reply no son otra cosa que correos transaccionales a los cuáles no se les puede dar una respuesta. Muchas veces, las instituciones bancarias los utilizan como un método de información al cliente; sin embargo, en muchas otras, hay empresas y organizaciones de otras tipologías que usan estos email no reply como los emisores de sus newsletters.
Y es aquí donde yo hago la pregunta, ¿Por qué utilizar un email no reply? ¿Que no se supone que lo que se busca es generar interacción con el usuario?
Con las exigencias de la industria y el mercado, hoy integrar un email no reply pareciera una práctica del pasado, al menos si nos referimos al envío de newsletters promocionales e informativas.
Y es que, al menos en la teoría, tener un emisor identificable o «humano» asegura que el usuario, de querer responder al correo, pueda tener una comunicación en 2 vías con una persona que forma parte de la organización que emite la newsletter.
Implicaciones legales del email no reply como emisor
Ahora bien, profundizando en la materia, el envío de un correo emitido por un email no reply tiene ciertas restricciones ante la ley (al menos, en España):
Según el Real Decreto de Ley 13/2013, disponible en este enlace del Boletín Oficial del Estado, se dictamina que «cuando las comunicaciones se remitan por correo electrónico, dicho medio deberá consistir necesariamente en la inclusión de una dirección electrónica válida donde pueda ejercitarse este derecho, quedando prohibido el envío de comunicaciones que no incluyan dicha dirección«.
Al final, el email no reply será una buena herramienta siempre y cuando se use para fines meramente transaccionales y/o administrativos, ya sea por parte del Gobierno hacia la ciudadania, con alguna institución financiera o bancaria o incluso dentro de un mismo corporativo.
Conclusiones
Pero como ya te lo he dicho, emplear este tipo de correos para fines de comunicación de marca, como es una newsletter, debe quedar descartado para que evites una mala imagen empresarial y, peor aún, que te hagas con algún problema legal si hay queja de algún usuario.
Todo esto sin considerar, que estarías perdiendo una oportunidad magnífica para establecer una relación mucho más cercana con tus suscriptores email, ¿No lo crees?